La medida beneficia a las empresas dominicanas que adquieren software, publicidad digital y servicios en la nimbo de proveedores extranjeros y no tiene impacto en los usuarios individuales.
Santo Domingo.- El Ministerio de Finanzas y Economía aclaró que la Ley 30-26 sobre Medidas para el Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, reduce del 27% al 15% la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) aplicable a ciertos pagos realizados por empresas dominicanas a proveedores no residentes por concepto de licencias de software, regalías, derechos de autor, publicidad digital y servicios de almacenamiento en la nimbo, lo que representa una reducción de doce puntos porcentuales con respecto al régimen aludido.
Con este cambio, se genera un alivio para las empresas locales que utilizan herramientas tecnológicas proporcionadas desde el foráneo y se acerca el tratamiento fiscal del país a los estándares que se aplican en otras economías de la región.
Ante las interpretaciones inexactas que han circulado en las redes sociales sobre los alcances de la medida, Hacienda y Economía precisó que esta retención aplica exclusivamente en el ámbito de las relaciones comerciales entre empresas dominicanas y proveedores extranjeros. En ese sentido, explicó que son las empresas domiciliadas en el país las que actúan como agentes de retención al momento de realizar pagos en el foráneo.
“Hasta la aprobación de la Ley 30-26, estos pagos que hacían las empresas dominicanas a proveedores no residentes estaban sujetos a una retención del 27%. La nueva disposición reduce esa tasa al 15% cuando se trata de regalías, derechos, licencias de software, publicidad digital o servicios de almacenamiento en la nube. Esto representa un alivio para las empresas locales y nos ubica en niveles similares a los de otros países de la región”, explicó la institución.
Es afirmar, destacó que estas retenciones no tienen ausencia que ver con los servicios digitales que contratan las personas, por lo que no les afecta.
La institución enfatizó que no están sujetas a esta disposición las suscripciones a plataformas de entretenimiento, aplicaciones móviles, servicios en la nimbo para uso individual y cualquier otro servicio digital contratado directamente por los ciudadanos.
El Ministerio de Finanzas y Economía reafirmó su compromiso de ofrecer información oportuna y auténtico sobre el capacidad de las actuales medidas tributarias e invitó a la ciudadanía a consultar sus canales oficiales para conocer los detalles de la Ley 30-26.
