Santo Domingo.- El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MMARN) rechazó un equivocación emitido por la Sala Quinta del Tribunal Superior Administrativo que ordena modificar los límites de Parque Nacional Jaragua con fines de expansión turístico. El servicio anunció que buscará todas las vías legales disponibles para anular la Sentencia de Amparo N° 0030-1643-2025-SSEN-00786, argumentando que la intrepidez indagación indebidamente alterar un dominio protegida mediante un requerimiento de cumplimiento.

El caso surge de una demanda presentada por una empresa privada que intenta aplicar la Ley No. 266-04 a terrenos ubicados interiormente del Parque Nacional Jaragua, a pesar de que el dominio está clasificada en el más stop nivel de protección ambiental, pese a que igualmente ha sido designada como Polo Turístico. El MMARN advirtió que el equivocación desconoce el entorno lícito doméstico y viola la Constitución, la Ley General del Medio Ambiente (64-00) y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).

Según el servicio, permitir tal precedente pondría en peligro la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Las autoridades reafirmaron su firme compromiso con la defensa del Parque Nacional Jaragua y la salvaguarda del patrimonio natural del país, destacando que la protección del medio condición sigue siendo una prioridad en beneficio de las generaciones presentes y futuras.