
Santo Domingo.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) anuló un decisión que había metódico al Estado dominicano satisfacer una indemnización por terrenos supuestamente expropiados internamente del Parque Nacional Cotubanamá, emplazado en San Rafael del Yuma, La Altagracia. La valentía determinó que el contorno en disputa forma parte de un ámbito protegida y propiedad de dominio notorio, por lo que es inalienable según la Constitución.
Los jueces Antonio Sánchez Mejía y Úrsula Carrasco Márquez fallaron a valía de una excepción de inconstitucionalidad planteada por la Dirección General de Bienes Nacionales (DGBN), argumentando que el plazo de un año establecido en el artículo 40 de la Ley 1494-47 viola disposiciones constitucionales al restringir el golpe a la jurisprudencia en casos de patrimonio colectivo. El tribunal concluyó que este artículo contradice los artículos 6 y 16 de la Constitución, que establecen que las áreas protegidas son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
El TSA revocó la sentencia N° 0030-03-2022-SSEN-00193, que había favorecido a Sonia Yolanda Cedeño Valdez y Castillo Cedeño, SRL, alegando graves defectos jurídicos, entre ellos la descuido de citación adecuada al Estado y la omisión del Decreto 722-75, que declaró el ámbito como zona protegida. El tribunal además señaló la existencia de múltiples demandas en curso frente a el Tribunal de Tierras de La Altagracia, donde el Estado impugna la validez de los títulos de propiedad y alega posibles acciones fraudulentas durante el proceso de regularización.
