El parecer reconoce la validez de un acuerdo bello y ordena el plazo del porcentaje correspondiente a distinción de su representante Carlos Manuel Cruz Jáquez.
Santo Domingo, RD — La Quinta Sala de la Cámara en lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional emitió la sentencia No. 038-2025-SSEN-00985, mediante la cual rechazó la demanda de nulo de convenio interpuesta por Carlos Manuel Cuello Amparo, conocido artísticamente como (Flujo 28), representado por su mamá Ana Mercedes Amparo Jaime y aceptó la recorrido a distinción de Carlos Manuel Cruz Jaquez, ratificando la vigencia del convenio de sociedad musical firmado el 23 de noviembre de 2022.
El tribunal condenó a la demandante al plazo del 15% correspondiente a la abuso de distribución musical, suscrita con la empresa Iris Live Music, LLC el 20 de marzo de 2023, equivalente a veintisiete mil setecientos cincuenta dólares estadounidenses (US$ 27.750,00), así como otro 15% adicional por todas las actividades y presentaciones artísticas realizadas sin el consentimiento del señor Carlos Manuel Cruz Jáquez.
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Además, el tribunal condenó a la demandante al plazo de las costas procesales a distinción del señor Wagner Rodríguez Mancebo, abogado de la parte vencedora.
Esta intrepidez refuerza la importancia del cumplimiento de los contratos musicales y la protección de los derechos en la industria del entretenimiento en República Dominicana.
Acerca del flujo 28
Rapero dominicano que ha conseguido auge por sus canciones «Po Po Po», «Oh Oh Oh», «RICO FEO» y «FUNDIA». Comenzó a transmitir su música en YouTube en diciembre de 2022.
Uno de sus videos musicales más vistos en YouTube con más de 22 millones de reproducciones es el tema «SE COMENTA» el cual cuenta con la décimo de Čeký Viciny.
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