Santo Domingo.- El director del Servicio Nacional de Salud (SNS), doctor Mario Lama, aclaró este sábado que más de 16.000 médicos recibirán el aumento salarial en enero si se firma el convenio entre el gobierno y el Colegio Médico Dominicano (CMD).
El acuerdo deberá firmarse entre el gobierno y el CMD antiguamente del 31 de diciembre de 2024 para que el aumento sea efectivo a partir del 1 de enero de 2025.
El funcionario todavía informó que los 500 médicos que se encuentran levemente por encima del salario cojín todavía recibirán un aumento hasta alcanzar el salario establecido en el SNS.
Además, dijo que los médicos recibirán el aumento completo del 10% en julio y del 5% en enero de 2026.
“Más de 16.000 médicos recibirán el aumento salarial en enero si se produce la firma con el CMD. Unos 500 médicos ganan levemente por encima del salario cojín. ¡Estos todavía recibirán un aumento hasta alcanzar el salario establecido en el SNS, luego recibirán el aumento completo del 10% en julio y del 5% en enero de 2026!», publicó Lama en la red social X, antiguamente Twitter, con una foto. del acuerdo.
Acuerdo entre el Gobierno y el CMD
El gobierno de la República Dominicana se compromete con el Colegio Médico Dominicano en:
1) Realizar un aumento salarial para los médicos en funciones de vigor del 25%, el cual se aplicará de la posterior modo: 10% en enero de 2025, 10% en julio de 2025 sobre el aumento trabajador en el mes de enero, y 5% en enero de 2026. , sobre el incremento trabajador en el mes de julio.
El aumento aplica a los médicos del Servicio Nacional de Salud (SNS), Ministerio de Salud Pública, Hospitales Autogestionados, 911 y CONAPE, que se encuentren desempeñando funciones asistenciales independientemente del número de nombramientos como médicos de la vigor que ostenten. Este incremento se aplicará sobre el salario cojín establecido para el cargo desempeñado.
Parágrafo: Las partes acuerdan que se creará una comisión integrada por el Ministro de Salud Pública, el Ministro de Trabajo, el Director de Presupuesto, el Director de Pensiones y Jubilaciones y el Colegio Médico Dominicano, a los mercadería de evaluar la propuesta de del Colegio Médico respecto de la compensación salarial, conforme a la ley, de los médicos jubilados. Esta comisión se reunirá entre el 15 y el 31 de enero de 2025.
2) Continuar la construcción de los apartamentos Jacobo Majluta en la zona residencial de los médicos.
3) Llevar a mango la nivelación salarial de los médicos COVID de acuerdo con la escalera salarial flagrante del NHS para médicos generales.
4) Realizar la nivelación salarial de los médicos del Ministerio de Salud Pública, cuyo cargo esté vinculado a programas colectivos de vigor y servicios asistenciales.
5) Reconocer el derecho a pensión conforme a la Ley 414-98, cumpliendo con los parámetros allí señalados, a los médicos de atención médica que laboran en hospitales de autogobierno, hospitales del SEMMA y médicos que hayan adquirido derechos de subsidio al momento de jubilarse. la creación de la ARL hoy IDOPPRIL, con el final salario devengado y los incentivos aplicados reflejados en su sueldo, al momento de la pensión tales como distancia, docencia y decadencia, excluyendo los incentivos a la productividad.
6) Incrementar los Incentivos para Distancia Zona Fronteriza de 20% a 30% y los de Distancia No Fronteriza de 10% a 15%. Este incremento se aplicará a partir del suscripción correspondiente al mes de enero de 2025.
7) Incrementar los Incentivos para médicos en puestos de Intensivista del 10% al 20%. Este incremento se aplicará a partir del suscripción correspondiente al mes de enero de 2025.
8) Incrementar del 10% al 20% los Incentivos para médicos en puestos de emergencia. Este incremento se aplicará a partir del suscripción correspondiente al mes de enero de 2025.
9) Destinar 25 millones de pesos anualmente, al momento de la dispersión del presupuesto del Ministerio de Salud Pública, para el Instituto de Previsión y Protección Social del CMD (IPPS), por lo que dicha institución estará sujeta a auditorías y supervisión financiera. por de los órganos competentes, como la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas; en cumplimiento de las disposiciones legales que rigen la materia, lo que indica que estarán sujetas a la supervisión las personas físicas o jurídicas privadas y las organizaciones no gubernamentales que recauden, reciban o administren fondos o medios públicos, o se beneficien de exenciones o cualquier otro privilegio. de fondos públicos. La auditoría y supervisión a que se refiere sólo tiene radio por el monto asignado como donación por el Estado.
10) Aplicar incentivos de decadencia al salario cojín, a los médicos que tengan 15 o más abriles de servicio al momento de la suscripción del presente convenio y que se encuentren laborando en el SNS. Si trabaja en dos o más establecimientos, deberá demostrar que ha trabajado concomitantemente en cada uno durante 15 abriles para solicitar el incentivo en los dos establecimientos de vigor, sobre cada salario cojín.
11) Aplicar incentivos de decadencia a los médicos con 15 o más abriles de servicio que cumplan con los criterios para la suscripción de este convenio en hospitales autogestionados.
12) Reducir el aporte a los planes especiales temporales de servicios de vigor de médicos jubilados y jubilados del 6,4% al 3,2%.
13) Garantizar el derecho de los médicos a nominar entre la ARS estatal y la ARS CMD al momento de jubilarse y jubilarse, siempre y cuando se encuentren en la ARS CMD al momento de jubilarse. Decreto 644-24.
14) El mejoramiento de varios hospitales: Complejo Luis E Aybar, Emergencia Padre Billini, La Romana, San Cristóbal, Azua, entre otros hospitales.
El CMD se compromete a:
1) Fomentar el cumplimiento de los horarios de trabajo establecidos mediante convenios, en todas las instituciones antiguamente mencionadas. Asimismo, no se opondrá el seguimiento con medios electrónicos u otros medios para comprobar el cumplimiento de los horarios de trabajo establecidos.