Kingtom Aluminio SRL – Image_Flickr.com
WASHINGTON. — La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos emitió un opinión contra Kingtom Aluminio SRL, la primera entidad de propiedad china en la República Dominicana, basándose en información que indica razonablemente el uso de trabajo forzoso en violación de 19 USC § 1307 en la producción de esa mercancía. Con intención inmediato, el personal de CBP en todos los puertos de entrada de EE. UU. confiscará productos de perfil y extrusión de aluminio fabricados por Kingtom Aluminio SRL. Los perfiles y extrusiones de aluminio se utilizan ampliamente para fraguar productos de transporte y construcción, muebles, productos electrónicos y más.
CBP identificó los siguientes indicadores de trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo durante su investigación de Kingtom Aluminio SRL: despotismo de vulnerabilidad, intimidación y amenazas, patraña, retención de salarios, violencia física y sexual, restricción de movimiento y horas extras excesivas.
«El comercio de bienes que fueron fabricados a expensas de la salud, la seguridad y la libertad de otro ser humano es completamente contrario a los valores y el estilo de vida estadounidenses», dijo Troy A. Miller, stop funcionario de CBP que desempeña las funciones del comisionado. .
«Con esta acción, estamos enviando un mensaje a aquellas entidades que continúan intentando eludir las leyes comerciales de los EE. UU.: sus productos no son bienvenidos en los Estados Unidos», dijo la subcomisionada ejecutiva de la Oficina de Comercio de la CBP, AnnMarie R. Highsmith.
El decreto contra Kingtom Aluminio SRL es la última bono que CBP ha tomado para enfrentarse el trabajo forzoso y otros abusos de los derechos humanos en todo el mundo. Con esta lanzamiento de Fallos, CBP actualmente supervisa y hace cumplir 51 órdenes de retención de libramiento y nueve Fallos bajo 19 USC § 1307.
La Organización Internacional del Trabajo estima que casi 28 millones de trabajadores sufren condiciones de trabajo forzoso en todo el mundo. El trabajo forzoso expone a las poblaciones vulnerables a condiciones laborales inhumanas y perjudica a los trabajadores estadounidenses y a las empresas respetuosas de la ley que no pueden competir con los acervo del trabajo forzoso que se venden por debajo del valía de mercado.
19 USC § 1307 prohíbe la importación de “todos los bienes, mercancías, artículos y mercancías extraídos, producidos o fabricados total o parcialmente en cualquier país extranjero mediante trabajo forzoso y/o trabajo forzoso, o/y trabajo contratado, incluido el trabajo forzoso o forzado”. trabajo de niño contratado. Cuando CBP tenga información que indique razonablemente que los acervo importados se fabrican mediante trabajo forzoso en violación de 19 USC § 1307, la agencia ordenará al personal de los puertos de entrada de EE. UU. que incaute los envíos de esos acervo. Dichos envíos serán excluidos o sujetos a confiscación y incautación si el importador no demuestra prueba de admisibilidad de conformidad con la reglamento aplicable.
CBP recibe acusaciones de trabajo forzoso de una variedad de fuentes, incluidos ciudadanos privados, agencias gubernamentales, medios de comunicación, organizaciones no gubernamentales y testigos. Cualquier persona u estructura que tenga motivos para creer que una mercancía producida mediante el uso de trabajo forzoso está siendo, o es probable que sea, importada a los Estados Unidos, puede presentar acusaciones detalladas comunicándose con la CBP a través del sistema de informes de violaciones comerciales en bisectriz e-Allegations o llamando al 1-800-BE-ALERT.
