
Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó en una segunda lección del plan de ley enmendando la Ley 137-03 sobre el contrabando de migrantes y la tráfico de personas, presentando sanciones más duras de hasta 40 primaveras de prisión bajo circunstancias agravadas. El plan de ley ahora se traslada a la rama ejecutiva para la promulgación.
La ley revisada indagación alinear sanciones con la solemnidad de los crímenes, especialmente cuando están presentes factores agravantes, como la homicidio, el daño físico, la tortura o la décimo de los funcionarios públicos. Los cómplices en el contrabando de migrantes pueden malquistar de 10 a 15 primaveras, mientras que los casos que involucran la homicidio de un migrante podrían conducir a 30 a 40 primaveras. Las oraciones varían de 25 a 30 primaveras por causar daños físicos o tortura, y de 20 a 25 primaveras para otras circunstancias agravantes graves.
Para la tráfico de personas, el crimen ahora no está sujeto a un estatuto de limitaciones y llevará sanciones de 20 a 25 primaveras de prisión, más multas que van de 700 a 1.500 veces el salario insignificante del sector manifiesto. Los funcionarios públicos involucrados en tales delitos enfrentarán una prohibición de 10 primaveras del servicio manifiesto, que puede ocupar a 20 primaveras en casos de delitos repetidos.
